El nuevo Real Decreto 563/2017, con el que se regulan las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulen en territorio español, establece nuevas obligaciones para los transportistas sobre temas de sujeción de la mercancía.
Entrará en vigor el 20 de mayo y se aplicará a todos los vehículos que transporten mercancías con una velocidad superior a 25km/h, que circulen por carreteras españolas, sean de la nacionalidad que sean.
Además, establece como objetivo la inspección anual de forma aleatoria al menos en un 5% de todos los vehículos en circulación, exigido por la Unión Europea.
Inspecciones en carretera por sujeción de mercancía
Como novedad se podrá someter el vehículo a inspección larga para comprobar que la carga está sujeta y que no interfiera en la conducción segura, ni sea un riesgo para la vida, salud, propiedad o medio ambiente. Se realizarán inspecciones para comprobar que en todas las situaciones de funcionamiento del vehículo, el cambio de posición de la carga entre sí, contra las paredes del vehículo sea mínimo, así como que no puedan salirse del espacio de carga ni desplazarse fuera de la superficie de carga.
Para poder realizar estas inspecciones, los Agentes de Tráfico deberán estar formados para ello. Actualmente un tercio de los guardias civiles de tráfico están ya formados y en los próximos meses se terminarán de formar el resto.
Los Agentes utilizaran distintos elementos de medición y comprobación como la báscula fija o móvil, tensiómetros, medidores de ángulos y calculadora de estiba.
La DGT clarificará la responsabilidad de la estiba
Se ha solicitado que se clarifique cómo se va a llevar a cabo por los Agentes el procedimiento de inspección así como el régimen de responsabilidades en caso de infracción, teniendo en cuenta que la legislación en materia de contratación de transporte atribuye la responsabilidad de las labores de carga de la mercancía en el vehículo a la empresa cargadora, salvo en el transporte de paquetería o carga fraccionada.
La DGT señala que en líneas generales en España la estiba de los vehículos se realiza de forma correcta, no suponiendo “un problema real” en materia de seguridad vial, por lo que no se plantean modificar el actual baremo de sanciones.
Sobre responsabilidad se va a elaborar un nuevo Decreto para clarificar la responsabilidad de la estiba, la cual definirá un nuevo documento, denominado “Ficha de estiba”, adaptada a cada especialidad de transporte, acreditado por el responsable de sujetar la mercancía.
Hasta entonces, la DGT dará instrucciones a la Unidad de vigilancia de tráfico de la Guardia Civil, estableciendo un periodo de transición que no sea sancionable de adaptación de la nueva regulación.